Es hora de regular la economía colaborativa

Solo así será posible proteger a los trabajadores y aprovechar el potencial económico de aplicaciones como Uber y Rappi.

Un sector en crecimiento

La crisis económica exige soluciones creativas para crear empleo y reactivar la economía.

Según el último boletín del DANE, en el último mes se perdieron casi 5,4 millones de empleos y, como resultado, las plataformas tecnológicas de economía colaborativa han cobrado más relevancia en Colombia. De acuerdo con Fedesarollo, los empleos creados por estos aplicativos son fundamentales para la reactivación.

Pero la falta de claridad en las condiciones laborales de quienes trabajan en dichas plataformas puede ser un obstáculo serio en el proceso. Tenemos un limbo jurídico sobre el desarrollo de las actividades de este tipo de plataformas que necesita una pronta solución.

Uber y Rappi son dos ejemplos apenas de las aplicaciones de economía colaborativa que se han vuelto populares en Colombia. Su funcionamiento es sencillo: miles de personas ponen a trabajar activos infrautilizados (incluyendo la mano de obra) con el fin de atender diversas necesidades de los consumidores.

Dado que estas plataformas conectan la oferta de un servicio con su demanda y establecen una relación de confianza entre las dos partes, la economía colaborativa tiene un gran potencial para producir riqueza y oportunidades de autoempleo.

El limbo jurídico

Como sucede con cualquier innovación, las iniciativas de economía colaborativa han desbordado las normas existentes.

En la mayoría de los casos, estas plataformas operan en zonas legales grises. Los aspectos laborales son los que más obviamente se encuentra en esta zona gris: ¿Los conductores de Uber y los mensajeros de Rappi son empleados de estas empresas? ¿Se trata de una relación laboral en el sentido clásico que debe responder a las normas tradicionales que regulan la relación entre empleados y empleadores?

Aunque los tribunales de varios países han señalado que sí existe una relación laboral tradicional, imponer regulaciones laborales propias de la economía tradicional a la economía colaborativa implica desconocer elementos esenciales de estas plataformas –empezando por la falta de horarios establecidos–. Una característica principal de la economía colaborativa es que sean los trabajadores quienes deciden cuándo y cuántas horas trabajar. Tampoco existe una subordinación laboral tradicional, pues los colaboradores solo deben cumplir con las directrices generales de la calidad del servicio.

¿Qué ha pasado hasta ahora?

En realidad, no se trata de catalogar a los colaboradores como empleados, sino de expedir una legislación que garantice su vinculación a la seguridad social bajo un sistema flexible. Un estudio del Parlamento Europeo concluye que la legislación debería enfocarse en la “inclusión de las personas que requieren protección social, no en excluir a aquellos que no encajan en una definición legal particular”.

Actualmente, los colaboradores y empresas pueden evadir las contribuciones a los sistemas de salud y pensión. Sin embargo, es apenas justo que contribuyan a la seguridad social en proporción a los ingresos obtenidos bajo un esquema de repartición de cargas equitativo entre colaboradores y plataformas.

El Decreto 2616 de 2013 fue un paso importante para formalizar al personal de estas aplicaciones porque permitió su afiliación a la seguridad social sobre la base de semanas (no de meses).

Pero la economía colaborativa necesita una legislación laboral que contemple el trabajo por horas.

El proyecto de ley 110 de 2016 pretendía introducir la figura del “trabajo autónomo económicamente dependiente” y lograr que las plataformas verificaran la afiliación al sistema de seguridad social y aportaran el 50% de las contribuciones para salud y pensión de sus “colaboradores”. De haber sido aprobado, miles de ellos se habrían formalizado.

¿Qué está pasando ahora?

Antes de la pandemia, una bandera principal del presidente Duque era regular este tipo de plataformas tecnológicas. De hecho, según el Plan Nacional de Desarrollo (PND), las vinculaciones laborales de plataformas como Rappi y Uber serían reguladas antes del mes de mayo.

Aunque el virus ha demorado este proceso, hoy existe un borrador de proyecto de ley que establece reglas claras en cuanto a condiciones laborales de distintas plataformas de economía colaborativa. En las próximas semanas este borrador será discutido por el poder ejecutivo, los gremios y los representantes de dichas plataformas.

Recientemente, Portafolio dio a conocer varios puntos de este borrador de proyecto. Quizás el aspecto más innovador consiste en que estos trabajadores serán considerados independientes, pero tendrán un contrato diferente del contrato por prestación de servicios.

Las plataformas deberán trabajar en conjunto con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales para determinar los aportes de los trabajadores a seguridad social y pensiones:

  • Para los trabajadores con ingresos menores al salario mínimo, el empleador aportará un 15%, el Gobierno un 20% sobre lo ahorrado, y el trabajador no pondrá nada de las cotizaciones correspondientes.
  • Para los trabajadores que ganen más de un salario mínimo, los administradores de las plataformas deberán hacer una retención destinada al pago de la seguridad social.

Esta mezcla entre sistemas contributivos y no contributivos –dependiendo de los ingresos percibidos por el colaborador—ha sido recomendada por académicos que han realizado estudios comparativos sobre el tema.

Lo que falta

Sin embargo, este proyecto no ofrece soluciones para dos de los problemas más serios que presenta este tipo de plataformas: la seguridad y el bienestar de los colaboradores.

Además, cifras recientes indican que casi la mitad de los empleos en Colombia son informales, y que las aplicaciones representan una pequeña fracción de ellos, así que de ser aprobada, esta propuesta no resolvería la informalidad laboral.

No obstante, el nuevo proyecto de ley podría resolver el limbo laboral que sufren los trabajadores de las aplicaciones en cuestión y encaminar la legislación colombiana hacia el fortalecimiento de la economía colaborativa.

La evidencia sugiere que imponer regulaciones laborales del pasado tendría un efecto negativo en la economía porque desincentivaría las nuevas aplicaciones y empujaría a las que ya existen a operar en zonas cada vez más grises, perpetuando la informalidad laboral.

En contraste, una regulación laboral acorde con el espíritu de estas plataformas amplificaría su capacidad de crear empleos autónomos pero formales.

Por David Ortíz y Julio Daly
Investigadores de la Facultad de Economía

 *Este artículo hace parte de la alianza entre Razón Pública y la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia.