Principios orientadores para el proceso de consulta no vinculante

Con ocasión de la Consulta no vinculante mediante encuestas para la designación de Decano(a), nos permitimos recordarles que, dentro de este proceso, resulta indispensable tener en cuenta lo siguiente, con base en los acuerdos y lineamientos aplicados en anteriores procesos de la Universidad.

Principios:

a.Imparcialidad: El proceso de la consulta gozará de garantía de imparcialidad por parte del personal docente, administrativo y directivo de la Universidad Externado de Colombia, el cual deberá mantener una estricta imparcialidad en el desarrollo de sus funciones académicas y administrativas, de modo que el desempeño de sus funciones no se vea afectado por preferencias respecto de listas o candidatos.

b.Independencia: A los electores y a los candidatos elegibles se les garantizará la plena libertad de participación en los procesos electorales, con sujeción a las normas constitucionales, legales e institucionales y en aplicación de los principios de la buena práctica electoral. Las instancias internas de la Universidad promoverán espacios de deliberación en los cuales prime la libertad de expresión y el respeto por las ideas ajenas, y garantizarán una total independencia dentro del proceso, sin injerencia por parte de las directivas de la Universidad.

c.Publicidad: La información sobre los procesos electorales es pública y estará a disposición de la comunidad Externadista para su consulta. Se garantizará la publicidad y transparencia de cada una de las etapas del proceso electoral y se explicarán con total claridad los requisitos y pasos que se deben seguir. Asimismo, el desarrollo de las elecciones y las propuestas de las listas o candidatos contarán con la debida publicidad en términos de igualdad.

d.Tolerancia y pluralismo: Se garantiza el respeto por la diversidad de creencias, ideas y preferencias, por lo que nadie podrá ser intimidado o discriminado por su género, orientación sexual, ideología, raza, creencias religiosas, condición económica, social o de cualquier tipo. Es contrario a este principio cualquier comportamiento, directo o indirecto, público o privado, que incite al odio o a la discriminación, así como los ataques de índole personal, por lo que es un deber de electores y elegibles garantizar siempre la discusión académica y electoral en el marco del respeto mutuo.

e.Transparencia: Electores y candidatos actuarán en el marco de la transparencia, la probidad y la rectitud en cada una de sus actuaciones electorales, para consolidar la naturaleza democrática del proceso, profundizar la participación, tomar decisiones con base en la reflexión y propiciar un ambiente constructivo y argumentativo.

El calendario es la columna vertebral de todo proceso democrático transparente, fija con precisión las fechas de inscripción, divulgación, debates, votación y escrutinio y otorga visibilidad e igualdad de condiciones a todos los participantes. Su cumplimiento estricto es, por tanto, una manifestación concreta de los principios de igualdad y transparencia.

En consecuencia, se recuerda a toda la comunidad que:

Las fechas y horas fijadas para cada etapa son de obligatorio cumplimiento y no admiten interpretación individual ni modificación por parte de candidatos o electores.

Cualquier ajuste al calendario deberá ser expedido y comunicado oficialmente por la Secretaría General, a través de los canales institucionales, con la debida antelación.

El incumplimiento de los plazos, por ejemplo, la divulgación de propaganda fuera de las fechas autorizadas o la permanencia de material electoral el día de las votaciones, desconoce los principios antes señalados.

Las dudas sobre el calendario deberán resolverse consultando directamente a la Secretaría General y no dar lugar a actuaciones unilaterales.

Se considerarán faltas a la ética las acciones contrarias a lo señalado, en especial aquellas conductas que vulneren los principios de respeto, tolerancia o el calendario electoral.

 
 

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