Elección de representantes de las y los estudiantes de pregrado al Consejo de la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales
De acuerdo con lo previsto en el artículo Nro. 24 de los estatutos de la Universidad, los Consejos de las facultades estarán conformados por tres (3) docentes y dos (2) estudiantes de pregrado, con voz y voto y por un (1) estudiante de posgrado, con voz, pero sin voto, con sus correspondientes suplentes, quienes serán elegidos(as) por los(as) integrantes del Consejo de profesores y los(as) estudiantes de pregrado y posgrado de una facultad, en votación general, directa y secreta. La duración prevista por los estatutos para los(as) representantes profesorales será de tres (3) años y para los(as) representantes estudiantiles de dos (2) años.
Podrán aspirar a ser representantes estudiantiles de pregrado quienes hayan cursado al menos un (1) año de su plan de estudios, y serán elegidos por las(os) estudiantes de pregrado de la facultad.
La inscripción de los(as) candidatos(as) docentes y estudiantes se hará mediante formulario virtual dispuesto en la página web de la facultad, por medio de listas cerradas integradas por mínimo uno y máximo tres (3) renglones para la elección de los(as) representantes profesorales, mínimo uno y máximo dos (2) renglones para estudiantes de pregrado y de un (1) renglón para estudiantes de posgrado, todos los renglones conformados por un(a) titular y un(a) suplente del respectivo estamento de la misma facultad. Ningún(a) profesor(a) o estudiante podrá estar inscrito en más de una lista.” (Artículo 5 del reglamento para la elección de los(as) representantes profesorales y estudiantiles ante los consejos de facultad).
Exhortamos a los (as) estudiantes de pregrado de la facultad a participar activamente en este proceso democrático que reafirma el compromiso de continuar con la regularización de los procesos de elección de los(as) representantes estudiantiles y profesorales de los Consejos de todas las facultades de la Universidad.
Cronograma
| Actividad | Fecha | Días |
|---|---|---|
| Anuncio de apertura del proceso electoral | Lunes 29 de septiembre | 8 días |
| Publicación registros electorales | Jueves 16 de octubre | 1 día |
| Impugnación registros electorales | Viernes 17 y Lunes 20 de octubre | 2 días |
| Publicación registros definitivos | Martes 21 y Miércoles 22 de octubre | 2 días |
| Inscripción listas | Jueves 23 y Viernes 24 de octubre | 2 días |
| Publicación listas | Lunes 27 y Martes 28 de octubre | 2 días |
| Divulgación de propuestas y conversatorios | Miércoles 29 de octubre a Miércoles 12 de noviembre | 10 días |
| Elecciones | Jueves 13 de noviembre | 1 día |
| Publicación de resultados | Jueves 13 de noviembre | 1 día |
*Art. 24. Los plazos señalados por el Reglamento se computan en días hábiles.