¿Debo presentar la Declaración de Renta de personas naturales 2018?

Por: Yasnyr Estévez. Antes de aprender cómo presentar mi declaración de renta de personas naturales 2018, debo comprobar si debo hacerlo. Es importante saber que no todos los colombianos deben hacer la declaración. Asimismo, no todos los que declaran renta, tienen que pagar el impuesto.

¿Quiénes deben presentar la declaración de renta?

  • Personas naturales con ingresos superiores a $3.716.916 mensuales, es decir, ingresos superiores a $44.603.000 anuales.
  • Si usted tuvo patrimonio bruto de más de $143.366.000
  • Si tuvo ingresos brutos anuales por más de $44.603.000
  • Si sus compras y consumos fueron mayores de $44.603.000
  • Si los consumos mediante tarjeta de crédito exceden  los $44.603.000
  • Si el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceden los $44.603.000

¿Cuándo tengo que presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta para personas naturales?

A continuación, informamos sobre los plazos para presentar la declaración sobre la renta para personas naturales, personas jurídicas y grandes contribuyentes, así como el plazo para presentar el Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE.

Plazo impuesto sobre la Renta

Los plazos para que las personas cumplan con la obligación de declarar o pagar comenzó el 9 de agosto de 2018 y terminará el 19 de octubre de 2018, según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria.

 

ÚLTIMOS DÍGITOS NIT HASTA EL DÍA
99 y 00 9 de agosto
97 y 98 10 de agosto
95 y 96 11 de agosto
93 y 94 12 de agosto
91 y 92 16 de agosto
89 y 90 17 de agosto
87 y 88 18 de agosto
85 y 86 19 de agosto
83 y 84 22 de agosto
81 y 82 23 de agosto
79 y 80 24 de agosto
77 y 78 25 de agosto
75 y 76 26 de agosto
73 y 74 29 de agosto
71 y 72 30 de agosto
69 y 70 31 de agosto
67 y 68 1 de septiembre
65 y 66 2 de septiembre
63 y 64 5 de septiembre
61 y 62 6 de septiembre
59 y 60 7 de septiembre
57 y 58 8 de septiembre
55 y 56 9 de septiembre
53 y 54 12 de septiembre
51 y 52 13 de septiembre
49 y 50 14 de septiembre
47 y 48 15 de septiembre
45 y 46 16 de septiembre
43 y 44 19 de septiembre
41 y 42 20 de septiembre
39 y 40 21 de septiembre
37 y 38 22 de septiembre
35 y 36 23 de septiembre
33 y 34 26 de septiembre
31 y 32 27 de septiembre
29 y 30 28 de septiembre
27 y 28 29 de septiembre
25 y 26 30 de septiembre
23 y 24 3 de octubre
21 y 22 4 de octubre
19 y 20 5 de octubre
17 y 18 6 de octubre
15 y 16 7 de octubre
13 y 14 10 de octubre
11 y 12 11 de octubre
09 y 10 12 de octubre
07 y 08 13 de octubre
05 y 06 14 de octubre
03 y 04 18 de octubre
01 y 02 19 de octubre

 

En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo es el siguiente:

  • Plazo para pagar el valor de la primera cuota: entre el 8 y 21 de febrero de 2018
  • Plazo para pagar el valor de la segunda cuota: entre el 10 y el 23 de abril de 2018
  • Plazo para pagar el valor de la tercera cuota: 13 y 26 de junio de 2018

En el caso de las personas jurídicas y demás contribuyentes, el plazo es el siguiente:

  • Declaración y primera cuota: entre el 10 de abril de 2018 y el 08 de mayo de 2018 (teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT)
  • Segunda cuota: entre el 13 de junio de 2018 y el 26 de junio de 2018 (teniendo en cuenta el último dígito del NIT)

Declaración de Renta 2018 – Paso 2:  Inscríbase o actualice el RUT

Solo debe actualizar el RUT en caso de que haya cambiado datos de ubicación y clasificación como: dirección, teléfonos, correo electrónico y actividad económica. También, en el caso de que requiera adicionar responsabilidades como la obligación de presentar declaración de renta y complementarios.

Declaración de Renta 2018 – Paso 3: Identificar el tipo de ingreso por cédula

Existen 5 tipos de cédula para realizar la declaración de renta 2018: Rentas de trabajo, Rentas de pensiones, Rentas de capital, Rentas no laborales y Otros.

Cédula Tipo de ingresos
Rentas de trabajo Ingresos señalados en el artículo 103 del ET:
  • Salarios.
  • Comisiones.
  • Prestaciones sociales.
  • Viáticos.
  • Gastos de representación.
  • Honorarios.
  • Emolumentos eclesiásticos.
  • Compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.
  • En general, las compensaciones por servicios personales.
  • En ningún caso podrán incluirse ingresos por honorarios percibidos por personas naturales que contraten o vinculen 2 o más trabajadores por al menos 90 días.
Rentas de pensiones
  • Pensión de jubilación.
  • Pensión de invalidez.
  • Pensión de vejez.
  • Pensión de sobrevivientes.
  • Pensión sobre riesgos profesionales.
  • Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones.
  • Devoluciones de saldos de ahorro pensional.
Rentas de capital
  • Intereses.
  • Rendimientos financieros.
  • Arrendamientos.
  • Regalías.
  • Explotación de la propiedad intelectual.
Rentas no laborales
  • Honorarios de personas naturales que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos, 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
  • Todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las demás cédulas.
Otros
  • Dividendos.
  • Participaciones.

Declaración de renta 2018 – Paso 4: Formularios renta naturales

¿Qué tipo de formularios se utilizan para presentar la declaración de renta 2018? Formulario 210 o Formulario 110.

  • Formulario 210:Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y asimiladas no obligadas a llevar contabilidad.
  • Formulario 110:Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para personas jurídicas y asimiladas, personas naturales y asimiladas obligadas a llevar contabilidad.

Declaración de renta 2018 – Paso 5: Declaración y Pago (si corresponde)

La obligación de declarar es diferente a la obligación de pagar. Independientemente de que su declaración arroje un saldo a pagar o no, es importante presentar la Declaración de Renta en los plazos estipulados, para no incurrir en sanción de extemporaneidad.

Para realizar la Declaración de Renta 2018, no es necesario desplazarse por un formulario a los puntos de contacto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ya que es posible utilizar los servicios en línea de la DIAN.

  • Opción 1 – Usuarios registrados: Si usted es un usuario registrado de los servicios en línea de la DIAN puede diligenciar su formulario ya sea como usuario virtual o no e, incluso, pagar en línea.
  • Opción 2 – Nuevos usuarios: Si aún no está registrado en los servicios en línea de la DIAN, puede hacerlo habilitando su cuenta. Esta opción le permite crear una cuenta para convertirse en usuario registrado.
  • Opción 3 – Usuarios no registrados (diligenciar formularios): Puede diligenciar sus formularios sin necesidad de habilitar cuentas, sin claves, utilizando esta opción. Esta opción se diseñó para facilitar el procedimiento a quienes regularmente lo venían haciendo en los formularios litográficos.
  • Opción 4 – Formulario en papel:Si no puede hacer uso de las opciones anteriores, puedes adquirir el formulario litográfico (papel) sin costo alguno en los diferentes puntos de contacto del DIAN a nivel nacional.

Documentos indispensables (puede que todos no apliquen)

  1. Copia del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario –RUT– debidamente actualizado.
  2. Declaración de renta de los 2 últimos años gravables.

Documentos para determinar el patrimonio

  • Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
  • Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
  • Declaración o estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
  • Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
  • Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos y estado de cuenta del impuesto de vehículos.
  • Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición, más adiciones y mejoras.
  • Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como good will, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.
  • Letras, pagarés y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.

Documentos para determinar los ingresos

  1. Certificado de ingresos y retenciones laborales.
  2. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
  3. Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.
  4. Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
  5. Certificados de ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  6. Certificados de rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  7. Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
  8. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  9. Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
  10. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.

Documentos para determinar los pagos que constituyen deducciones

  1. Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  2. Certificados por pagos de salud obligatoria y medicina prepagada.
  3. Certificados por inversiones en nuevas plantaciones de riegos, pozos, silos, centros de reclusión, en mantenimiento y conservación de obras audiovisuales, en librerías, proyectos cinematográficos y otros.
  4. Certificados por donaciones a la Nación, departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas y otros.
  5. Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
  6. Relación de los pagos efectuados a sus empleados por concepto de sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
  7. Certificados de los pagos realizados por concepto de aportes a las cajas de compensación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, empresas promotoras de salud, administradoras de riesgos profesionales, fondos de pensiones y otros.
  8. Pagos por concepto de impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial.
  9. Certificados de las donaciones e inversiones que haya efectuado durante el año.
  10. Certificado de dependientes (cónyuges, hijos y padres que dependan económicamente de usted).
  11. Anexo del pago de la seguridad social de la persona que hace el servicio doméstico.
  12. Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes.