Debate con sello externadista: El Quinto Seminario de Profesores analizó los derechos de la naturaleza en la jurisprudencia peruana

La Universidad Externado de Colombia se convirtió en el epicentro del debate sobre el constitucionalismo ecológico con la celebración de la conferencia "Los derechos de la naturaleza en la jurisprudencia peruana", un análisis crítico sobre la transición jurídica hacia el biocentrismo en la región.

El evento, liderado de forma conjunta por la Decanatura de la Facultad de Derecho, el Departamento de Derecho Constitucional, representado por la Dra. Soraya del Socorro Pérez Portillo y el Departamento de Derecho del Medio Ambiente y Tierras, con la participación de su directora, Dra. Carolina Montes Cortés, reunió a la comunidad académica y de investigación en las instalaciones del Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita (ICRP).

La jornada tuvo como eje central evaluar el reconocimiento de los ecosistemas como sujetos de derechos y el impacto de estas corrientes en las decisiones de las altas cortes.

La conferencia principal estuvo a cargo del invitado internacional Jorge Luis Salazar Soplapuco, actual Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Cajamarca (UNC), Perú. El ponente expuso las tendencias jurisprudenciales en el sistema judicial peruano, analizando la tensión existente entre el derecho ambiental tradicional y las nuevas demandas de tutela efectiva de la naturaleza.

Durante la disertación se abordaron los fundamentos teóricos de la naturaleza como sujeto de derecho, de la Earth Jurisprudence (Jurisprudencia de la Tierra), corriente inspirada en las tesis del filósofo y ecólogo Thomas Berry. En el debate se reconstruyeron los hitos globales que permitieron operativizar esta teoría, desde el planteamiento procesal originario de Christopher Stone en 1972 respecto a la legitimación de los objetos naturales, hasta la estructuración técnica del Wild Law (Derecho Salvaje) desarrollada por el jurista sudafricano Cormac Cullinan. Asimismo, se analizó cómo este movimiento anglosajón confluyó con las visiones pueblos nativo de los Andes para materializarse en el mayor hito normativo de la región: la inclusión de los derechos de la pachamama en la Constitución de Ecuador de 2008, promovida por economistas y juristas como Alberto Acosta.

El profesor Jorge Luis Salazar Soplapuco destacó el riguroso proceso de argumentación jurídica que los tribunales latinoamericanos deben adoptar para consolidar una gobernanza ecocéntrica real presentando las posturas de Perú y Colombia, superando los límites del modelo antropocéntrico que reduce la naturaleza a un mero objeto de explotación o regulación.

Por su parte, la Dra. Carolina Montes Cortés intervino para plantear una postura dogmática crítica frente al activismo judicial ecocéntrico. La directora sostuvo que la constante mutabilidad y la falta de fronteras físicas definidas de los ecosistemas impiden que la naturaleza cumpla con los requisitos mínimos de determinación e identidad exigidos por la jurisprudencia constitucional para configurarse como un sujeto de derechos. Según Montes, forzar esta categoría jurídica sobre un entorno esencialmente dinámico genera una evidente inseguridad operativa, por lo que defendió la necesidad de proteger el entorno manteniéndolo bajo la figura de objeto de especial protección a través del derecho ambiental.

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