Profesor del Externado participó en evento de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Suiza

Por primera vez, nuestra Casa de Estudios y el Observatorio Latinoamericano de Derechos Humanos y Empresas del Departamento de Derecho Constitucional, tuvo presencia en el Séptimo período de sesiones del grupo de trabajo intergubernamental sobre las empresas trasnacionales y otras empresas comerciales con respecto a los Derechos Humanos en Naciones Unidas, gracias a la participación del profesor Julián Tole Martínez.

Estas sesiones se enmarcan en el proceso de negociación iniciado en el año 2014 con la adopción de la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos con la intención de llenar el vacío jurídico en relación con la responsabilidad de las empresas por las violaciones que se causen a personas, comunidades y el medio ambiente de los territorios en los que operan su cadena de producción. En este sentido, la intención de consolidar un tratado como instrumento internacional de protección de los derechos humanos que establezca mecanismos eficaces para prevenir y responsabilizar a las empresas transnacionales, entidades de carácter transnacional por las violaciones de derechos humanos es necesario y es por ello, que la sesión de grupos de trabajo tuvo como finalidad la revisión del tercer borrador del tratado vinculante, publicado el 17 de agosto de 2021, para hacer un esfuerzo por reducir la asimetría entre los derechos reconocidos a las empresas transnacionales a través de tratados de comercio e inversión, y los deberes casi inexistentes en el derecho internacional de los Derechos Humanos.

El profesor Tole, tuvo la oportunidad de intervenir en la sesión de negociación de los artículos 1, 4 y 14, su intervención giró en torno a la definición de “business activities” del artículo 1, así: “Muchas gracias Sr Presidente, mi nombre es Julián Tole, hablo como profesor de derecho internacional de la Universidad Externado de Colombia y en nombre de Corporate Accountability International, miembros de Campaña Global.

En cuanto a la definición de “business activities” del 1.3, consideramos fundamental mantener el espíritu de la Resolución 26/9 que se centra en las empresas transnacionales y otras empresas comerciales de carácter transnacional. Eso es algo que debe ser modificado en todo el texto, como han dicho Rusia, Cuba, India, África del Sur, Pakistán, y otros Estados.

También deben ser excluidos del draft cualquier término vago e impreciso que pueda reducir la seguridad jurídica, eficacia del instrumento y, sobre todo la responsabilidad de las empresas, al establecer términos ambiguos que permiten una interpretación libre del carácter sustancial de la actividad transnacional o de sus efectos. Por eso, sugerimos excluir “significant” del 1.4 b y c, a fin de que cualquier actividad dentro de otro Estado se considere actividad transnacional.

Desde la campaña queremos manifestar nuestro total acuerdo con la propuesta que realizó Palestina respecto del artículo 1.5, incluyendo la mención de las cadenas de suministro de manera expresa. Además, entendemos imprescindible la inclusión de la definición de cadena global en este artículo, entendiendo la misma como el grupo de empresas coordinadas y/o controladas por una empresa matriz que contribuyen a las operaciones de la empresa transnacional, desde la provisión de materiales, servicios y fondos hasta la entrega de productos para el usuario final. Así, la cadena global incluye afiliados, contratistas, subcontratistas, proveedores y cualquier otra entidad con la que la empresa matriz mantenga relaciones comerciales. La Campaña enviará esta definición por escrito en su documento de posición, junto con el conjunto de las enmiendas al texto.

Por último, estamos de acuerdo con la primera parte del 1.5 Bis, propuesto por Iran y otros países, sin embargo, sugerimos que esta propuesta debería quedar de la siguiente manera: “Other business enterprises” denotes all business enterprises that have a transnational character in their operation activities. En ningún momento el texto de este artículo podrá ser una vía para romper el vínculo entre las distintas entidades que conforman la totalidad de la cadena de suministro o de valor, desde el eslabón más bajo hasta la matriz.”

Gracias a esta participación de la Universidad Externado de Colombia, se logró un acercamiento a actores relevantes del proceso de negociación como grupos de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales, delegaciones de los Estados y, muy particularmente, con Office of the United Nations High Commissioner for Human Right.

El encuentro tuvo lugar del 25 al 29 de octubre en Ginebra-Suiza.