Normas sobre prácticas jurídicas


Competencia: Decreto 2150 de 1995 artículo 90 y los Acuerdos PSAA-10 7017, PSAA-10 7543 de 2010 y PSAA-12 9338 de 2012 expedidos por el Consejo Superior de la Judicatura.

NORMAS

TEXTO

Decreto 1221 de 1990 y Acuerdo No. 060 del ICFES Art. 21°. NUMERAL 3° Haber elaborado monografía que sea aprobada, igual que el examen de sustentación de la misma o haber desempeñado con posterioridad a la terminación de estudios, durante un año continuo o discontinuo uno de los cargos previstos en las disposiciones pertinentes; o haber presentado el servicio jurídico voluntario regulado por el Decreto 1862 de 1989; o haber ejercido durante dos (2) años la profesión en las condiciones señaladas en el artículo 31 del Decreto 196 de 1971.
LEY 522 DE 1999 Art. 2°. El estudiante que haya terminado las materias del pensum académico elegirá entre la elaboración y sustentación de la monografía jurídica o la realización de la judicatura
AD HONOREM
REMUNERADAS

NORMA

CARGOS

REGLAMENTACIÓN

NORMA

CARGOS

DECRETO 1862 DE 1989 Auxiliar judicial de despachos judiciales Avalada por Recursos Humanos conforme a la Resolución 0787 del 9 de abril de 2014 emanada de la Fiscalía General de la Nación Artículo 153, 154 y 155 del Decreto Ley 960 de 1970 A) Empleados de Notarías en Círculo de primera, segunda o tercera categoría
LEY 23 DE 1991 Auxiliar del Defensor de Familia Decreto 3200 de 1979Art.23 b) Auxiliar de Magistrado (Grado 1°) o de Fiscal (Asistente de Fiscal I, II)
LEY 24 DE 1992 y 941 DE 2005 Defensor Público en la Defensoría del Pueblo, y labores jurídico-administrativas en la Dirección del Sistema Nacional de Defensoría Pública y en las Defensorías del Pueblo Regionales y Seccional Resolución 1993 expedida por la Defensoría del Pueblo Decreto 3200 de 1979Art.23 Num. 1 Literal d). c) Secretario de Procuraduría Delegada o del Distrito
LEY 878 DE 2004 Auxiliar Jurídico en el Congreso de la República Resolución 2145 de 2004 Cámara de Representantes y resolución 126 de 2005 de Senado de la República Decreto 3200 de 1979Art. 23 Num. 1 Literal d) d) Oficial Mayor de despacho judicial de Fiscalía o de Procuraduría Delegada, de Distrito o Circuito y Auditor de Guerra
Auxiliar Jurídico en la Procuraduría General de la Nación Resolución 342 de 2004 y 123 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación. Decreto 3200 de 1979Art. 23 Num. 1 Literal f) Ley 136 de 1994 e) Inspector de Policía
DECRETO 2636 DE 2004 (6 meses) Art. 11. Asistente Jurídico de Director de Centros de Reclusión Circulares No. 051 de 2005, 005 de 2006 000053 del 19 de abril de 2011, emanadas por el INPEC Decreto 3200 de 1979Art. 23 Num. 1 Literal f) Ley 1551 de 2012. f) Personero Municipal en municipio de Sexta Categoría
LEY 941 DE 2005 Art. 1. Asesor jurídico de las Ligas y Asociaciones de Consumidores Decreto 3200 de 1979Art. 23 Num. 1 Literal h) h) Abogado o Asesor Jurídico de entidad sometida a vigilancia y control de cualquiera de las Superintendencias establecidas en el país (Modificado por el art. 3° Ley 1086/2006)
LEY 1322 DE 2009 Auxiliar Jurídico en los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional (Sector Central) En esta actividad se debe realizar nombramiento y posesión con carácter Ad-honorem y sus evaluaciones trimestrales Decreto 3200 de 1979Art. 23 Num. 1 Literal i) i) Monitor de consultorio jurídico debidamente nombrado para jornada completa de trabajo con el carácter de asistente Docente del Director de Consultorio en la realización de las prácticas del Plan de estudios (Ad-Honorem o Remunerado)
Orden territorial (Gobernación y Alcaldías – Sector Central) Ley 640 de 2001 Art. 11. Abogados Conciliadores con licencia temporal en centros de conciliación de los consultorios jurídicos de la Universidad (Homologable al de Monitor) con capacitación en conciliador.
Representación en el exterior
LEY 1395 DE 2010 (7 meses) Art. 50 en las casas de justicia como delegados de las entidades en ellas presentes (Inspección de Policía, Comisaría de Familia, Procuraduría, Fiscalía) Estos cargos deben ser certificados y/o avalados por el Coordinador de la Casa de Justicia previamente autorizado por el Ministerio de Justicia
En los Centros de conciliación públicos con formación en conciliación
LEY 1871 DE 2017 (9 meses) Artículo 9. Autorizar la prestación del servicio de auxiliar jurídico ad honorem en las Asambleas departamentales y en la Confederación Nacional de Asambleas y Diputados de Colombia, en los términos de la Ley 1322 de 2009
Todos los cargos sin excepción deben realizarse en jornada de ocho (8) horas diarias o con dedicación exclusiva para la entidad en que labora. Para los cargos en calidad Ad -Honorem debe tener en cuenta el Decreto 055 de 2015 respecto a la afiliación de ARL de los judicantes.

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* Información obtenida de la página https://sirna.ramajudicial.gov.co/Paginas/Normatividad.aspx. Fecha de consulta: 09/04/2021