Hay que resaltar la inclusión en la ley de herramientas tecnológicas para el proceso de aprendizaje y los procesos misionales de los Consultorios Jurídicos

En nuestra Casa de Estudios se llevó a cabo un importante foro donde se discutió sobre la Ley 2113 de 2021 “por medio del cual se regula el funcionamiento de los Consultorios Jurídicos de las Instituciones de Educación Superior”.

En este foro expertos de diferentes organismos del Estado e instituciones de educación superior, analizaron y debatieron los pormenores de esta nueva normatividad que regula y modifica algunos aspectos del funcionamiento de estos centros.

Este texto normativo introdujo importantes modificaciones respecto a la reglamentación que venía operando hasta la fecha de entrada de vigencia, por tanto, los servicios de asesoría jurídica y pedagogía en derecho, propios de los Consultorios Jurídicos, podrán prestarse a:

  • Entidades públicas o privadas.
  • Áreas pro bono de firmas de abogados.
  • Despachos judiciales.
  • Notarías.
  • Organismos internacionales.
  • Organizaciones no gubernamentales.
  • Cajas de compensación familiar.
  • Centros de conciliación.
  • Centros de mediación y conciliación en equidad.

Esto solamente cuando tales servicios sean en provecho de los beneficiarios.

El rector del Externado, Hernando Parra Nieto hizo énfasis en el tema del “litio estratégico de interés público, así́ como todos aquellos otros servicios que guarden relación y permitan el cumplimiento de los principios y objetivos establecidos en esta ley”, teniendo en cuenta que permitirá a los consultorios jurídicos emprender acciones que busquen garantizar los derechos humanos de las personas, así como los colectivos, permitiéndole a los estudiantes la práctica jurídica en asuntos con mayor vocación social.

Por su parte el Ministro de Justicia Wilson Ruiz Orejuela, señaló que el interés de actualizar la norma consistió en varios objetivos, uno de los más importantes es que la ley anterior tenía una vigencia de más de 60 años por lo cual era necesario ajustarla a las necesidades de esta época; enfocar el aprendizaje practico; impulsar los métodos de resolución de conflictos y justicia restaurativa, y ampliar el catálogo de servicios de los consultorios jurídicos.

“Una de las novedades más útiles de esta normatividad, es que, los avances tecnológicos implementados por causa de la pandemia, estarán disponibles para los ciudadanos que así lo requieran, sin ningún tipo de excepción”, precisó.

Para el Representante a la Cámara, Germán Navas Talero, la función de los consultorios jurídicos es fundamental para garantizar en el país la prestación de justicia, sin ningún tipo de discriminación.

“La defensoría pública es un servicio social, que se debe garantizar a todos los ciudadanos que no cuentan con los recursos para acceder a la administración de justicia y es allí donde el papel de los consultorios se vuelve trascendental para el desarrollo del país”.

Diana Remolina, Magistrada del Consejo Superior de la Judicatura, precisó que los cambios que propicia esta nueva ley, son unas de las grandes transformaciones que está viviendo la profesión de abogados en el siglo XXI.

“La creación y puesta en marcha de esta Ley, es un paso importante en la transformación del manejo institucional de los consultorios jurídicos, y sin duda dará muchas más herramientas para el ejecutivo en el manejo de políticas de acceso a la justicia. El potencial de los consultorios jurídicos va mucho más allá de un elemento de formación de los estudiantes de derecho, sino que es un instrumento que pone a los estudiantes con la realidad del país y de la sociedad”.

El evento contó con la participación y análisis de los siguientes expertos:

  • Hernando Herrera Mercado. Corporación Excelencia en la Justicia.
  • Humberto Sierra Porto. Director Departamento Derecho Constitucional Universidad Externado de Colombia.
  • Audrey McGinn. Profesora de California Western School of Law, San Diego – Estados Unidos.
  • Ángela María Yepes Sánchez. Directora Consultorio Jurídico Universidad de los Andes.
  • Mauricio Baquero Mogollón. Director Consultorio Jurídico Universidad Javeriana.
  • Samuel Escobar Beltrán. Director del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario.
  • María Julieta Villamizar. Directora Consultorio Jurídico, Universidad Externado de Colombia.
  • Daniela Corchuelo Uribe. Departamento de Derecho Procesal Universidad Externado de Colombia.
  • Además de estudiantes de derecho de las universidades Externado, Andes, Rosario y Javeriana.

A manera de conclusión, los diferentes paneles y expertos señalaron que “vale la pena resaltar, además, la reglamentación que incluyó la ley sobre la inclusión de herramientas tecnológicas para el proceso de aprendizaje y los procesos misionales de los Consultorios Jurídicos. Factor que, sin duda, acopla las realidades del mundo virtual, cuya profundización se dio en el marco de esta pandemia. No obstante, genera inquietudes en su proceso de implementación, alcance, y los recursos que puedan ser destinados, especialmente, en aquellos centros cuyo presupuesto es limitado, o en diferentes territorios del país en el que se presentan aún problemas de conectividad”.