El análisis económico y la mirada crítica al mercado de trabajo clausuran las VIII Jornadas de Derecho Laboral
El primer día se convirtió en el escenario de una profunda disección jurídica en torno a las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley 2452 de 2025.
Más allá del acto protocolario de apertura, el encuentro dejó al descubierto las tensiones estructurales que genera el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, una reforma de envergadura que busca modernizar la administración de justicia, pero que plantea serios interrogantes sobre la tutela judicial efectiva, la carga probatoria y la equidad sustancial.
La encargada de dar la bienvenida oficial e inaugurar la jornada, en representación de la Facultad de Derecho, fue la decana Emilssen González de Cancino. En su mensaje, advirtió que agilizar los procesos judiciales no puede hacerse a costa de las garantías de las partes ni desconectándose de la realidad económica del país.
“Hablar del impacto económico de las decisiones en el derecho del trabajo es reconocer que el derecho no opera en el vacío. Las normas y las sentencias inciden sobre la conducta de los actores económicos, sobre las decisiones de contratación, sobre la generación y conservación del empleo, la modificación de la jornada laboral y su remuneración y en última instancia sobre las condiciones materiales de la vida de todas las personas”, puntualizó la decana González de Cancino.
La intervención de la decana dejó en claro que la argumentación jurídica y la independencia judicial son barreras innegociables ante el afán de sistematización, recordando que las sentencias laborales impactan directamente sobre la contratación, el empleo y las condiciones materiales de existencia.
El trasfondo político e institucional de la norma fue analizado por el magistrado Gerardo Botero, quien resaltó el hito histórico que representa la génesis de esta ley dentro del ordenamiento jurídico colombiano.“Como primera medida quiero destacar la ley 2452 del 2025, es el primer código procesal que se dicta en Colombia por iniciativa de una alta corte. No es usual que una alta corte presente un proyecto de un código de procedimiento laboral y fue efectivamente presentado por iniciativa de la Corte Suprema de Justicia la Sala de Casación Laboral”, dijo Botero.
Sobre este punto, Claudia Martínez analizó en detalle las acciones derivadas de la estabilidad laboral reforzada y las reglas de vigencia fijadas por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en la reciente sentencia SL975 de 2026. Al abordar el diferendo sobre cuál debe ser el hito temporal para la aplicación del nuevo estatuto —si la presentación de la demanda o el auto admisorio—, la conferencista destacó la necesidad de evitar desigualdades procesales derivadas de la congestión judicial.
“La interpretación sistemática de las disposiciones analizadas coincide con la intención que permaneció inalterable en el transcurso del debate legislativo, pues desde la exposición de motivos y sin variación alguna durante todos los debates permaneció la proposición de la aplicación inmediata del nuevo régimen únicamente para los procesos iniciados bajo la vigencia de la Ley 2452 de 2025”, señaló Martínez.
Agregó que, tras descontar la vacancia judicial de Semana Santa (cuyo plazo venció formalmente el 2 de abril de 2026), el hito operativo rige a partir del 6 de abril de 2026, garantizando previsibilidad en el trámite procedimental y modificando los términos prescriptivos en fueros clave.
Por su parte, Leonardo Corredor centró su disertación en la dimensión probatoria del nuevo artículo 128, planteando cómo la redistribución dinámica de la prueba busca compensar las asimetrías inherentes a la relación de trabajo sin caer en la discrecionalidad judicial. Corredor articuló su análisis con estándares internacionales como la Opinión Consultiva 27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Recomendación 206 de la OIT sobre violencia y acoso.
Corredor enfatizó que la justicia laboral debe evolucionar hacia un modelo reparador y no puramente retributivo, reconociendo que conductas acaecidas bajo opacidad o subordinación requieren una respuesta procesal flexible pero rigurosa, para evitar la mercantilización del daño.
El debate adquirió una perspectiva crítica internacional con la ponencia de María Cecilia Máximo, quien trasladó la discusión a las tensiones constitucionales del Supremo Tribunal Federal de Brasil para graficar el riesgo de aporofobia institucional —el rechazo o discriminación hacia los desfavorecidos— cuando los instrumentos procesales pierden su vocación protectora. Justamente su conferencia se título: Aporofobia en las sentencias del Supremo Tribunal Federal de Brasil.
Durante su intervención, explicó cómo la filósofa española Adela Cortina fue la encargada de acuñar esta palabra —referida al rechazo o aversión hacia las personas pobres—, la cual ha tenido una fuerte incidencia en el análisis y estudio del derecho laboral, llegando incluso a marcar importantes precedentes e implicaciones en las decisiones de los tribunales brasileños.
Para contextualizar la situación en su país, la conferencista expuso que el Supremo Tribunal Federal de Brasil atraviesa una profunda crisis institucional a raíz del “caso Master”, una investigación sobre fraudes financieros vinculada al exbanquero Daniel Vorcaro. El escándalo salpicó a la alta corte luego de que se hicieran públicas conversaciones donde el investigado presuntamente consultaba al ministro Alexandre de Moraes si debía salir del país antes de ser detenido —señalamientos que el magistrado niega rotundamente—, a lo que se suma la renuncia del primer relator de la causa tras revelarse transferencias financieras entre empresas de su entorno familiar y fondos ligados a dicho banco.
La conversación de cierre estuvo a cargo de los docentes Carolina de Sousa Novaes y Luisa Rodríguez, quienes se refirieron al ‘Incidente de desconsideración de la personalidad jurídica en Brasil. Desafíos para Colombia’. Ambos plantearon reflexiones muy importantes.
Día 2
El segundo día de las VIII Jornadas de Derecho Laboral y Seguridad Social estuvo marcado por una rigurosa reflexión sobre los costos del trabajo, la efectividad de las reformas regulatorias y la justicia social en las dinámicas laborales del país. El encuentro concluyó reafirmando que el derecho laboral no puede desligarse del comportamiento real de las empresas, la economía ni de las profundas asimetrías de la sociedad colombiana.
Durante el bloque dedicado a la economía del derecho del trabajo, la profesora María Camila Hernández analizó las reacciones de los empleadores ante los costos fijos que imponen las regulaciones y recargos laborales, advirtiendo sobre las rigideces que estas dinámicas introducen en sectores no flexibles.
Hernández ejemplificó esta situación con el sector de la seguridad privada, donde la rigidez de los turnos nocturnos no permite reducir personal fácilmente. Esto ha llevado al traslado directo de costos a los ciudadanos o al reemplazo del personal de vigilancia por sistemas tecnológicos que, paradójicamente, terminan generando distorsiones de seguridad en ciudades como Bogotá.
A su turno, el docente e investigador Daniel Alejandro Monroy presentó un riguroso diagnóstico sobre el mercado laboral, la informalidad y la débil evaluación de las políticas públicas laborales en Colombia. Monroy subrayó la desconexión entre el diseño normativo y la efectividad real en el cumplimiento de los estándares de protección.
“Más de la mitad de los ocupados son informales y el 44 % de las personas en edad de pensión no tiene ninguna protección”, señaló Monroy.
Apoyado en cifras recientes, Monroy evidenció que la informalidad alcanza un 54,6 % de los ocupados a nivel nacional y se eleva a un crítico 84,7 % en las microempresas. Asimismo, alertó sobre la brecha pensional de género —donde las mujeres se retiran a los 57 años frente al promedio de 63,9 años de la OCDE— y sobre la raquítica capacidad del Estado para inspeccionar el cumplimiento normativo, con apenas 14 visitas por inspector al año, ocupando el último lugar del bloque multilateral.
El debate sobre la protección internacional de los derechos humanos en el trabajo se profundizó con la conferencia de Carolina Novaes, titulada “Entre fronteras y sentencias: la esclavitud contemporánea en la mirada judicial de Brasil y Colombia”, donde examinó los marcos judiciales para erradicar las nuevas formas de explotación y servidumbre en la región.
El balance general de las dos jornadas estuvo a cargo del profesor Jorge Eliécer Manrique Villanueva, quien sintetizó las discusiones centrales del congreso, analizando el impacto de las nuevas instituciones procesales y la jurisprudencia constitucional. Al referirse a las discusiones surgidas sobre la casación oficiosa en materia laboral en comparación con el ámbito civil, Manrique Villanueva cuestionó la operatividad de la figura frente a sentencias firmes.
El evento concluyó en la tarde con un quiz virtual interactivo donde los asistentes pusieron a prueba los conocimientos adquiridos, además, en la tarde se realizó una ronda de ponencias internacionales a cargo de estudiantes de Brasil. De esta manera, las(os) conferencistas y asistentes a las VIII Jornadas de Derecho Laboral y Seguridad Social 2026 coincidieron en que el Externado, una vez más, a través de la cooperación académica e internacional, se consolida como epicentro del pensamiento jurídico laboral en la región.