Boletín 04 Consejo Directivo de 2025

Con ocasión del cierre del semestre 2025-II, el Consejo Directivo extiende un cordial saludo a los miembros de la Comunidad Externadista. Expresa su apoyo en la finalización de las actividades académicas, investigativas y administrativas y les desea unas felices fiestas y un próspero año nuevo.

Con ocasión del cierre del semestre 2025-II, el Consejo Directivo extiende un cordial saludo a los miembros de la Comunidad Externadista, expresa su apoyo en la finalización de las actividades académicas, investigativas y administrativas y les desea unas felices fiestas y un próspero año nuevo.

A continuación, el Consejo Directivo ofrece información sobre las decisiones adoptadas durante el último trimestre (septiembre, octubre y noviembre) del año 2025.

1. Modificación artículos 13 y 29 del Estatuto Profesoral

Tras los análisis realizados por la comisión encargada de la etapa de prealistamiento para la implementación del Estatuto docente, en la sesión del 20 de octubre del año en curso, el Consejo Directivo procedió a la modificación de los artículos 13 y 29, considerando que requerían precisión.

Se modifica el art 13 quedando aprobado el siguiente texto:

Artículo 13. De la edad de retiro forzoso. Cumplidos los 70 años de edad se produce el retiro de la planta profesoral global de la Universidad. En función de las necesidades de la facultad o unidad académica equivalente, las personas podrán ser contratadas en modalidad de contrato docente hora cátedra y la Universidad diseñará una estrategia de reconocimiento a su trayectoria y a sus aportes académicos.

Se modifica el art. 29, numeral 2, quedando aprobado el siguiente texto:

Artículo 29. De la planta docente en edad de pensión:

  1. Las(os) profesoras(es) de planta ordinaria y especial permanecerán en el escalafón hasta los 65 años con mesada pensional o sin ella, momento en el que saldrán del escalafón, sin que esto implique su retiro.
  2. A partir de los 65 años:
    – En el caso de las(os) profesoras(es) que estén recibiendo la mesada pensional, la Universidad terminará el contrato de trabajo con justa causa, de conformidad con el artículo 62.14 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). En caso de que el profesor manifieste por escrito su intención de continuar vinculado con la Universidad, podrá hacerlo y la Universidad suscribirá un nuevo contrato de trabajo a término fijo por medio tiempo o por hora cátedra, siempre y cuando el profesor no haya cumplido la edad de retiro forzoso.
    – Si el profesor mayor de 65 años no se encuentra percibiendo su mesada pensional y se verifica que cumple con los requisitos para obtenerla , la Universidad podrá ofrecerle el apoyo necesario para el trámite de reconocimiento de la pensión. Una vez la pensión sea reconocida, la situación del docente se regirá por el anterior inciso.
    – La permanencia de las(os) profesoras(es) que no estén recibiendo la mesada pensional se regirá por el artículo 13 del presente Estatuto.
  3. Las(os) profesoras(es) que cuenten, además, con 25 años de antigüedad pasarán a la condición de eméritos(as).

La Comisión en mención continúa con el estudio detallado del Estatuto Docente y su implementación progresiva.

2. Sobre el proceso y criterios para la elaboración del presupuesto 2026
La comisión financiera del Consejo Directivo, durante sesiones realizadas los días 1, 16 y 24 de septiembre, se dedicó al estudio detallado de las ejecuciones presupuestales de los años 2024 y 2025, con el propósito de analizar las perspectivas para el año 2026.

Las conclusiones de dicho ejercicio muestran un comportamiento que tiende al incremento del déficit operacional. Esto significa que los gastos de funcionamiento siguen aumentando a un ritmo mayor que los ingresos que recibe la Universidad por sus actividades misionales.

Se constató también que los rendimientos financieros de las inversiones, con los que se había venido financiando dicho déficit operacional, ya no son suficientes para cubrirlo.

Con este panorama, se adoptó la decisión de trabajar un presupuesto para 2026 con base en el criterio de «caja cero». Este criterio tiene por objetivo principal evitar el uso de recursos del patrimonio para financiar la operación de la Universidad.

En consecuencia, se planteó, en conjunto con la Dirección Financiera de la Universidad, una propuesta de presupuesto que presenta topes máximos de gasto para cada facultad, unidad académica equivalente (UAE) y unidad administrativa.

Así, y dando continuidad al ejercicio cercano que se ha venido desarrollando con las decanaturas desde inicios de este año, los días 27 y 28 de octubre se realizaron reuniones con cada facultad y UAE. En estas sesiones se expuso la situación de cada unidad, se dieron los lineamientos generales que se exponen a continuación y se otorgaron recomendaciones particulares según la situación de cada una.

Actualmente, las decanaturas y direcciones están desarrollando el ejercicio de análisis y definición de su presupuesto con base en los lineamientos y recomendaciones establecidas por el Consejo Directivo, el cual será nuevamente analizado por el mencionado órgano colegiado para su posterior aprobación.

3. Lineamientos generales sobre elaboración de presupuestos.
Para la elaboración de los presupuestos, se han establecido los siguientes lineamientos generales:

  1. Revisar los programas académicos que están inactivos o en decrecimiento, para evaluar la renovación de registros calificados, la continuidad y/o el cierre de estos.
  2. Para el Consejo Directivo es una prioridad la aplicación de los artículos 29 y 13 del Estatuto Docente (modificados, según punto 2 de este boletín). En este sentido, se solicita:
  3. Revisar y ajustar los planes de trabajo de los docentes de tiempo completo y medio tiempo.
    – Asegurar que sus cargas incluyan un mínimo de 8 horas de clase efectivamente dictadas para los docentes de tiempo completo, y de 4 horas de clase efectivamente dictadas para los de medio tiempo.
    – En una aplicación progresiva del Estatuto Docente, durante el año 2026 se reconocerán 0,5 horas por cada hora efectivamente dictada.
    – Acompañar los contratos correspondientes al año 2026 del respectivo plan de trabajo.
  4. Buscar la optimización de los equipos administrativos de las Facultades, UAE y de la Universidad en general, para evitar la sobredimensión de dichos equipos y la duplicación de procesos.
  5. Modificación acuerdo 03 del Consejo Directivo sobre pruebas SaberPro.

El Consejo Directivo, en la sesión del 10 de noviembre de 2025, aprobó la modificación del acuerdo 03 de 2025, mediante el cual se estableció como requisito de grado para los estudiantes de pregrado, la obtención de un puntaje global en las competencias genéricas de las pruebas de estado SABER PRO igual o superior al promedio nacional publicado anualmente por el ICFES.

Así las cosas, se aprobó la modificación del artículo 4 del citado acuerdo, el cual señalaba que el mismo entraba en vigor desde su publicación y aplicaba para los estudiantes que presentaran el examen SABER PRO a partir del segundo semestre de 2025. La modificación establece que este requisito de grado se aplicará para los y las estudiantes que presenten el examen SABER PRO a partir del primer semestre de 2026.

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