Entrevista: Iris Marín Ortiz
Defensora del Pueblo

1. Desde su ejercicio profesional ¿Cuáles considera que han sido los mayores avances en Colombia en materia de derechos humanos a partir de la promulgación de la Constitución de 1991?

La Constitución de 1991 marcó un antes y un después innegable en Colombia, siendo el avance más trascendental la reconfiguración del Estado social de derecho y la determinación de los derechos humanos como pilares inquebrantables. En primer lugar, en el plano axiológico y simbólico, la Carta del 91 logró posicionar el lenguaje de los derechos como un horizonte normativo y político, generando esperanza sobre sus posibilidades transformadoras. Y, en segundo lugar, trajo la creación de nuevos mecanismos e instituciones encaminados a la materialización de derechos.

De manera que esta Constitución, convertida en una herramienta viva, accesible y orientadora para la ciudadanía y las instituciones, ha permitido que cada ciudadano reconozca que sus derechos no son meras aspiraciones, sino garantías exigibles. Así, esta Carta Política significó un rediseño institucional que dotó al país de herramientas jurídicas concretas para la protección y exigibilidad de los derechos humanos. En este marco, la creación de la Defensoría del Pueblo, la Corte Constitucional y la definición de la acción de tutela representaron y siguen representando hitos fundamentales. Esta última se ha convertido en el derecho y mecanismo de empoderamiento ciudadano, permitiendo que las personas hagan visibles, ante el Estado, problemáticas cotidianas en clave de derechos y exijan respuestas institucionales eficaces.

Asimismo, se ha dado un reconocimiento fundamental a los sujetos colectivos y a la diversidad cultural del país, visibilizando y protegiendo a poblaciones históricamente marginadas. Además, la jurisprudencia ha ampliado el horizonte de protección a derechos bioculturales, ¡los derechos de la naturaleza! Por ejemplo, la Sentencia T-622 de 2016, que reconoció al río Atrato como sujeto de derechos. También se destaca, por ejemplo, en derechos bioculturales la Sentencia T-123 de 2024 que aborda el desplazamiento forzado por factores climáticos y ambientales. Igualmente, la protección de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) ha ganado una relevancia crucial gracias a mecanismos como la tutela, el desarrollo jurisprudencial y el seguimiento a políticas públicas con enfoque diferencial.

Ninguna constitución es suficiente por sí misma para modificar una realidad históricamente atravesada por la violencia, la exclusión y la desigualdad. Sin embargo, la Constitución de 1991 ha sido el pacto plural de Estado de derecho, paz, igualdad material y derechos humanos más amplio y sólido de nuestra historia. Aun así, permanentemente la realidad y la realidad social y violenta reta ese pacto y hace dudar sobre si estamos verdaderamente comprometidos desde la institucionalidad y la sociedad. Colombia continúa enfrentando enormes desafíos: la Constitución sigue siendo una promesa lejana para muchos, especialmente las personas más vulnerables y muchas regiones. Eso nos lleva a preguntarnos ¿cómo podremos asegurar “la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo”? Esa fue la aspiración plasmada en el preámbulo de la Carta.

2. ¿Qué importancia ha tenido una institución como la Defensoría del Pueblo en la protección y defensa de los derechos humanos en Colombia?

Para el período de la creación de la Defensoría, Colombia atravesaba uno de los momentos más críticos de violencia de nuestra historia reciente. En ese contexto, la creación de la Defensoría supuso no solo una apuesta institucional, sino también una afirmación política y ética: posicionar la ética de los derechos humanos como una vía legítima y necesaria para enfrentar la violencia, visibilizar a las víctimas y promover otros caminos hacia la paz.

El primer defensor del pueblo, Jaime Córdoba Triviño, me compartía las historias sobre la creación de la institución en la Asamblea Constituyente. Muchos, incluso él, abogaron por que no era necesaria una institución específica de estas características. Se decía que para eso estaba la Procuraduría General de la Nación, institución a la que él pertenecía. Sin embargo, creo que la historia ha mostrado el valor agregado que ha dado la Defensoría al diseño institucional del Estado social de derecho. Se integró al ministerio público y complementa la acción de la Procuraduría, pero ofreció un rol que no existía y que era necesario.

Así lo reafirmó el constituyente secundario cuando reformó el artículo 281 de la Constitución (Acto Legislativo 02 de 2015). Eliminó la expresión que señalaba que el defensor del pueblo ejercería sus funciones “bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación”. A cambio, estableció que ejercería la función de manera autónoma. De esta forma, la Constitución se alineó con los Principios de París, relativos a las instituciones nacionales de derechos humanos, que indican la necesidad de que cuenten con garantías de independencia adecuadas. Hoy, la Defensoría del Pueblo está acreditada en el nivel A, es decir, cumple los requisitos de dichos principios. Hoy la Defensoría es parte de un diseño institucional de separación de poderes y colaboración armónica moderno con un fuerte acento en la protección efectiva de los derechos humanos.

Así, la Defensoría del Pueblo, que hoy tengo el privilegio de liderar, es parte del rostro más humano del Estado en la garantía de los derechos. Su importancia radica en ser la voz ética y la conciencia crítica que se alza en defensa de la población, especialmente de las comunidades más vulnerables, y en su capacidad transformadora. Su amplia presencia territorial —actualmente representada en 42 regionales—, el trabajo articulado con las personerías municipales y distritales presentes en todos los municipios, así como su cercanía con la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, han sido factores fundamentales para su legitimidad. Una legitimidad que, por supuesto, está en permanente construcción y puede —y debe— seguir fortaleciéndose.

En relación con el quehacer diario, destacaría especialmente la dimensión de la promoción y divulgación de los derechos humanos en todo el territorio nacional, orientada a servir a todas las personas desde una mirada pedagógica transformadora. Esta función está en el corazón mismo del mandato de la institución y constituye un eje estratégico para el fortalecimiento democrático. No se trata únicamente de informar o formar en derechos desde lo normativo, sino de construir vínculos de sentido con las personas, hablar en su lenguaje, y acercar el derecho y los derechos a su cotidianidad. Es el rostro de un Estado cercano a quienes no tienen poder, es ser la voz de quienes no son escuchados, es construir legitimidad desde la acción de los derechos humanos liderada por el Estado.

La Defensoría no solo es reactiva, sino una promotora activa de derechos diferenciales y colectivos, con un enfoque transversal. A través de diferentes metodologías, la Defensoría ha acompañado a comunidades históricamente excluidas, ha estado presente incluso en contextos de violencia y ha sostenido una pedagogía de la esperanza en clave de derechos. Es un organismo humanitario que permite la presencia del Estado en zonas dominadas por actores armados. Acompañamos a las víctimas de la violencia, a las personas exiliadas, a firmantes del Acuerdo de Paz y víctimas de violencia de género, a líderes sociales, mediamos en conflictos por el uso de la tierra y la defensa del ambiente y la naturaleza. Nuestro rol se extiende a la protección de nuevos desafíos, como el ambiente sano y la crisis de la migración transfronteriza. Escuchamos, tenemos empatía y consolidamos una voz ética que habla por la población. Sin la Defensoría, la protección de los derechos humanos en Colombia sería una promesa aún más lejana para millones de personas.

3. ¿Cuáles han sido los avances que se han dado en materia de defensa y protección de los derechos fundamentales en Colombia con la introducción en la Constitución de 1991 de la acción de tutela?

Como se ha reconocido en diferentes ámbitos, la acción de tutela es, sin duda, la joya de la corona de la Constitución de 1991 en materia de derechos humanos y el motor de la justicia en la cotidianidad del ciudadano. Su introducción marcó una revolución jurídica y social al democratizar el acceso a la justicia, permitiendo a cualquier persona exigir la protección inmediata de un derecho fundamental sin mayores formalismos. Esa es, en buena medida, la razón por la cual la tutela se ha convertido en la herramienta de protección de derechos más conocida y utilizada por la población colombiana. Las colombianas, los colombianos, usamos el verbo “entutelar”. Con este término, no nos referimos a la acción de entablar una acción jurídica, sino más bien a un vocablo de uso común y popular para referirse a la acción de exigir una respuesta justa.

La tutela ha contribuido a facilitar el acceso a la justicia, a visibilizar asuntos estructurales que requieren una respuesta urgente por parte de quienes diseñan e implementan políticas públicas. Asimismo, ha permitido que ciertas problemáticas históricamente invisibilizadas adquieran relevancia en la agenda política y mediática del país, y ha posibilitado la exigibilidad de derechos prestacionales como la salud o la educación.

Gracias al desarrollo jurisprudencial derivado de este mecanismo, Colombia ha estado a la vanguardia en el reconocimiento de derechos fundamentales en áreas tan sensibles como los derechos de las personas LGBT, la interrupción voluntaria del embarazo, la muerte digna o el desplazamiento ambiental, entre muchos otros.

Se resalta además el seguimiento estructural de políticas públicas en situaciones de vulneración masiva de derechos fundamentales. Sentencias estructurales y de declaratorias de estados de cosas inconstitucional se convirtieron en cartas de exigibilidad jurídica para quienes sufren dichas vulneraciones: desplazados, personas privadas de la libertad, pacientes y usuarios del sistema de salud, niños y niñas en riesgo o desnutrición en La Guajira, firmantes de paz y líderes y defensores de derechos humanos.

En conclusión, la tutela implica la responsabilidad de materializar ese elaborado y prometedor discurso de los derechos, cerrando las brechas entre lo que se reconoce en las normas y lo que se garantiza efectivamente en la vida cotidiana. Para la ciudadanía, por su parte, supone seguir ejerciendo un rol activo en la exigencia de derechos, en la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones estatales y en la defensa colectiva de lo que se ha conquistado hasta el momento.

4. ¿De qué manera cree usted que la Constitución de 1991 ha protegido a las mujeres y si se ha tenido en cuenta el enfoque de género en la interpretación y aplicación del Derecho en Colombia?

La Constitución y la tutela nos han dado mucho a las mujeres, pero la agenda pendiente aún es muy amplia -y dolorosa-. ¡Sin ir más lejos, soy apenas la primera defensora del pueblo mujer después de 33 años! Las mujeres seguimos estando en un lugar de marginación en el ejercicio del poder público, en las instancias de participación privada y enfrentamos violencia estructural feminicida.

La Constitución ha sido determinante para el logro de avances frente al reconocimiento, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres y, así mismo, ha permitido sentar bases jurídicas para cuestionar y remover algunas prácticas e imaginarios que históricamente han normalizado, justificado y tolerado la discriminación y las violencias hacia las mujeres y las niñas.

Instrumentos como el bloque de constitucionalidad, contribuyeron a la integración de un amplio marco de protección internacional de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito interno. Gracias a una lucha continua del movimiento de mujeres se han logrado avances jurisprudenciales decisivos: el reconocimiento de la desigualdad estructural que atraviesa nuestras vidas; la protección frente a la violencia de género, incluso de la violencia institucional; el respaldo a las denuncias públicas por violencias de género o escraches; la exigencia de paridad en la participación política; el reconocimiento del derecho al cuidado, la garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, las mujeres con discapacidad cuentan con un marco legal de protección de su derecho a tomar decisiones autónomas e informadas en materia sexual y reproductiva, de su derecho a otorgar consentimiento para tratamientos médicos, de su derecho a formar una familia y del reconocimiento de su capacidad jurídica para tomar decisiones en igualdad de condiciones que los demás.

5. ¿Qué mensaje les daría a las futuras abogadas que desean trabajar en la defensa de los derechos humanos y de las mujeres en Colombia?

Que el cambio es irreversible, muchas abrieron el camino y lograron conquistas que en su momento eran impensables, como las sufraguistas, que lograron el voto femenino. Hoy las mujeres tenemos acceso a la educación y a cargos públicos, al mercado laboral. Aun así, las cifras muestran que nuestro lugar aún es el de un grupo discriminado, mayoritario pero discriminado. La violencia y la discriminación es mayor entre mujeres rurales, indígenas, afrodescendientes. Pero la lucha de quienes nos precedieron es la mejor prueba de que también lograremos que toda la sociedad, hombres y mujeres, entiendan que la discriminación y violencia de género es atávica. Cada día juega a nuestro favor, aunque haya tanto dolor y sufrimiento mientras que andamos este camino.

Colombia debe avanzar de manera acelerada hacia el logro de la paridad de género en todos los espacios de representación y toma de decisiones, pero eso implica romper los mitos alrededor de que no hay suficientes mujeres que cumplan con estos perfiles o que no les interesa participar en estos procesos de elección.

Ser la primera defensora del pueblo y reconocerme feminista supone una gran responsabilidad. Implica abrir camino en un espacio que, hasta hace poco, parecía inaccesible para una mujer; convertirme en un referente para quienes vienen detrás, y actuar con coherencia frente a las reivindicaciones que considero justas, tanto para las mujeres como para todas aquellas personas que, por distintas razones, han sido excluidas del ejercicio pleno de sus derechos.

Con todo eso en mente, invitaría a las futuras abogadas a reconocerse a sí mismas como sujetas capaces de transformar y de incidir. A resistir a las múltiples violencias cotidianas que, en ocasiones, parecen obstáculos insuperables y, sobre todo, a construir en colectivo alternativas posibles para otro mundo. Necesitamos más mujeres en la justicia, más mujeres en las corporaciones públicas, más mujeres gobernando en los territorios, más mujeres ejerciendo control y veeduría, más mujeres en todas las esferas.

A las futuras abogadas les digo: ¡su vocación es el motor de la transformación social! Sean abogadas con ética, memoria y empatía. ¡Y no duden de ustedes y de lo que pueden aportar! El derecho, en especial el constitucional y los derechos humanos, se nutre de la realidad, y ustedes deben entenderlo como una herramienta de transformación social. Sé, por experiencia propia, que no es fácil moverse en un campo que, aunque formalmente paritario, sigue marcado por una lógica machista que desvaloriza otras formas de ejercer el derecho. Sin embargo, estoy convencida de que abrir ese camino es necesario si queremos ampliar y diversificar las voces autorizadas en el ámbito jurídico, y especialmente en el mundo de los derechos humanos. Las necesitamos allí: en los estrados, en las comunidades, en la academia, en las instituciones, defendiendo la dignidad y la vida en todas sus formas.

El camino de la defensa de los derechos humanos y de las mujeres es desafiante, pero profundamente gratificante. La defensa de los derechos humanos no es neutra: tiene el rostro de las mujeres, de las comunidades, de las víctimas y de las resistencias. Por ejemplo, la incidencia frente a los procesos de elección de titulares para cargos vacantes en las Altas Cortes ha puesto el foco en la conformación de listas exclusivas de mujeres. Esta apuesta demanda que las futuras abogadas se postulen, ocupen los espacios y que prioritariamente posicionen la agenda de derechos humanos de las mujeres en sus diversidades, sobre todos los escenarios de representación y toma de decisiones.

No teman incomodar. Las defensoras del futuro deben ser conscientes de la crisis de discriminación que aún vivimos, pero también del poder transformador del derecho cuando se ejerce con empatía y propósito. Su conocimiento jurídico es una herramienta poderosa: ¡úsenlo para ser la voz de quienes han sido silenciadas y para construir la paz que Colombia merece! ¡Las necesitamos!

6. ¿Cómo cree usted que se puede llegar a mitigar la vulneración de los derechos humanos en Colombia que cuenta con los mayores índices de violencia en la región?

Las causas de la violencia persistente en Colombia son múltiples, estructurales y están profundamente enraizadas en la historia del país. No hay soluciones sencillas ni respuestas únicas, pues poner fin a la vulneración sistemática de los derechos humanos requiere respuestas integrales, sostenidas y articuladas, bajo una estrategia integral y contundente que va más allá de la reacción y se enfoca en la prevención.

Desde la Defensoría del Pueblo nuestra apuesta ha sido construir confianza en los territorios, escuchar a las comunidades y acompañarlas de manera cercana. Eso implica estar presentes, identificar las amenazas de manera oportuna y exigir el cumplimiento del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, tanto al Estado como a los actores armados no estatales.

Creemos, además, en el poder transformador de la educación en derechos humanos. Por eso, buscamos promover y fortalecer procesos pedagógicos que brinden herramientas concretas a las personas y comunidades para que puedan conocer, ejercer y exigir sus derechos de manera efectiva.

Al mismo tiempo, venimos desarrollando acciones de incidencia institucional para que las normas y políticas públicas respondan con mayor sensibilidad y pertinencia a los contextos específicos de vulneración. Parte de nuestro trabajo consiste en hacer visibles esas realidades y en recordarle al Estado su obligación de garantizar los derechos de todas las personas, especialmente de quienes han sido históricamente marginadas o afectadas por la violencia.

7. ¿De qué manera cree usted que el Congreso Mundial de Derecho Constitucional, que se realizará el próximo año en Colombia, puede dar lugar a mayores avances en el derecho constitucional colombiano?

Un foro académico de la magnitud del Congreso Mundial de Derecho Constitucional representa una oportunidad invaluable para abrir espacio a otras voces, experiencias y perspectivas. Nos invita a escuchar lo que se está pensando y haciendo en distintos contextos, pero también a compartir lo que desde Colombia hemos construido —con todas sus tensiones— en materia de protección de derechos y control constitucional.

El evento fomentará un diálogo de saberes profundo y con enfoques interseccionales, que permite contrastar nuestra experiencia constitucional con la de otras naciones. Se discutirán temas cruciales de actualidad como los derechos ambientales, la igualdad de género, las migraciones y justicia transicional, con una perspectiva comparada. Ese diálogo plural y aprendizaje conjunto puede ayudarnos a reconocer nuestros aciertos, identificar con mayor claridad los retos que siguen pendientes y pensar, de manera más creativa, cómo intervenir una realidad profundamente marcada por la desigualdad y la exclusión. Ojalá este encuentro sea también una oportunidad para que el derecho constitucional global se acerque más a las realidades del Sur, y para que Colombia sea reconocida no solo como sede del Congreso, sino como una voz relevante en esa conversación.

Finalmente, este Congreso es una oportunidad para impulsar reformas y, fundamentalmente, para fortalecer la pedagogía constitucional, que busca acercar el derecho a la ciudadanía y reforzar su apropiación como herramienta de exigibilidad. Es un llamado a la academia y a la práctica para que el derecho constitucional colombiano siga siendo faro de justicia, impulsando el fortalecimiento institucional y social a través del conocimiento.

Con ese propósito en mente, resulta especialmente valioso que una institución como la Universidad Externado de Colombia, con una larga tradición en el estudio constitucional y un compromiso histórico con el pensamiento liberal, sea la anfitriona de este encuentro. Estoy segura de que será un escenario fértil para pensar, desde lo constitucional, respuestas a los desafíos que hoy enfrentan nuestras democracias.

140 años de historia