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title: "Protocolo de atención a casos de violencia de género y sus formas interseccionales: pasos del proceso disciplinario"
summary: "Protocolo de atención a casos de violencia de género y sus formas interseccionales: pasos del proceso disciplinario. Noticia de Unidad de Género en la Universidad Externado de Colombia. Cuando te enfrentas a un proceso disciplinario, es muy importante conocer cuáles son las etapas y el procedimiento que se realiza. Es por esto que, desde la Unidad de Género, invitamos a toda la comunidad externadista a conocer los seis pasos del proceso disciplinario por casos de violencia en razón del género."
description: "Cuando te enfrentas a un proceso disciplinario, es muy importante conocer cuáles son las etapas y el procedimiento que se realiza. Es por esto que, desde la Unidad de Género, invitamos a toda la comunidad externadista a conocer los seis pasos del proceso disciplinario por casos de violencia en razón del género."
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language: "es"
site: "Universidad Externado de Colombia"
section: "Unidad de Género"
updated: "2025-06-20T11:36:49-05:00"
tags:
  - "Unidad de Género"
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Publicado: 29 de mayo de 2025

# Protocolo de atención a casos de violencia de género y sus formas interseccionales: pasos del proceso disciplinario

Cuando te enfrentas a un proceso disciplinario, es muy importante conocer cuáles son las etapas y el procedimiento que se realiza. Es por esto que, desde la Unidad de Género, invitamos a toda la comunidad externadista a conocer los seis pasos del proceso disciplinario por casos de violencia en razón del género.

##### **1\. Estudio del caso**

Es importante conocer que la toma de decisiones es competencia de la instancia a la que se encuentra vinculada la persona señalada, quienes determinan si se abre o no el proceso disciplinario, valorando:

*   Los hechos
*   La valoración de la Dupla de Atención Psicosocial.
*   Las pruebas aportadas.

Si la persona señalada es:

*   Estudiante: la competencia es del Consejo de Facultad.
*   Persona con vínculo laboral, conferencista ocasional, persona en voluntariado o practicante sin vínculo laboral: la competencia es de la Dirección de Talento Humano.
*   Personal tercerizado: la competencia es de la Dirección Administrativa.

##### **2\. Apertura del proceso disciplinario y notificaciones**

La comunicación de apertura deberá contener:

*   La conducta investigada.
*   La falta que se imputa de forma provisional.
*   La posible sanción.
*   La norma que se aplican.
*   Las pruebas.

Esta decisión deberá ser notificada a la persona presuntamente agresora y a la víctima.

##### **3\. Adopción de medidas de protección**

*   La instancia resolverá la solicitud de medidas de protección presentadas con el concepto de la Dupla.

##### **4\. Diligencia de descargos**

*   La persona presuntamente agresora podrá presentarlos dentro del término señalado en la comunicación de apertura del proceso.

##### **5\. Admisión y práctica de pruebas**

*   La instancia deberá resolver sobre las pruebas solicitadas por las partes o practicar las que considere de manera oficiosa.

##### **6\. Decisión**

*   La decisión deberá adoptarse en un plazo máximo de cuatro (4) meses luego de recibido el caso ante la instancia decisoria y debe ser notificada por escrito a la persona sancionada, comunicada a la víctima y a la Dupla de Atención Psicosocial.
*   La persona sancionada podrá presentar recursos contra esta.
*   La víctima podrá presentarlos siempre que se decida no sancionar.

> Para ampliar esta información, te invitamos a conocer el procedimiento que se encuentra regulado en el [Capítulo XIV Procedimientos](https://www.uexternado.edu.co/unidad-de-genero/capitulo-xiv-procedimientos/) del Protocolo de Atención a casos de violencia en razón del género y sus formas interseccionales.