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title: "Capítulo X: Servicios de atención"
summary: "Capítulo X: Servicios de atención. Página institucional de Unidad de Género en la Universidad Externado de Colombia. El acompañamiento psicosocial consiste en la atención ofrecida por un equipo interdisciplinar compuesto por personas con formación en psicología y trabajo"
description: "El acompañamiento psicosocial consiste en la atención ofrecida por un equipo interdisciplinar compuesto por personas con formación en psicología y trabajo"
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language: "es"
site: "Universidad Externado de Colombia"
section: "Unidad de Género"
updated: "2022-10-03T08:13:55-05:00"
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Publicado: 28 de septiembre de 2022

# Capítulo X: Servicios de atención

#### **Artículo 52. Acompañamiento psico-social:**

El acompañamiento psicosocial consiste en la atención ofrecida por un equipo interdisciplinar compuesto por personas con formación en psicología y trabajo social a cualquier víctima que la solicite. Se proporcionará una atención digna que promueva la autonomía y seguridad de la persona. El acompañamiento deberá considerar la experiencia vivida en contexto, articulando las dimensiones individuales y colectivas, o bien, la experiencia particular dentro del marco social estructural (Martin, 2010). Este enfoque va más allá de la consideración de malestares y síntomas subjetivos y busca, por el contrario, abordar los fenómenos humanos desde una visión integral para ofrecer alternativas que permitan producir nuevas subjetividades en pro de la justicia, equidad, el desarrollo a escala humana, la sana convivencia y la paz (Villa, 2011, p. 362).

#### **Artículo 53. Asesoría jurídica:**

La víctima podrá recibir, si así lo desea, asesoría jurídica de carácter general que no implique conocer las particularidades del caso o la denuncia. La Unidad de Género le brindará información acerca de sus derechos, así como de los procedimientos disciplinarios internos y los procedimientos jurídicos externos aplicables a su caso.La Unidad de Género ofrecerá información sobre las posibilidades de atención y acompañamiento por parte de organizaciones externas que le permitan a las víctimas evaluar su situación legal.

La Universidad no se comprometerá a asumir la representación legal de las víctimas.