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title: "Circular informativa: disminución base de retención en la fuente 2026"
summary: "Circular informativa: disminución base de retención en la fuente 2026. Noticia de Dirección de Talento Humano en la Universidad Externado de Colombia. Apreciadas(os) docentes y funcionarias(os) nos permitimos informar que para efectos de disminuir la base de retención en la fuente a partir del mes de abril de 2026 es necesario diligenciar el formulario en el siguiente enlace:"
description: "Apreciadas(os) docentes y funcionarias(os) nos permitimos informar que para efectos de disminuir la base de retención en la fuente a partir del mes de abril de 2026 es necesario diligenciar el formulario en el siguiente enlace:"
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type: "post"
language: "es"
site: "Universidad Externado de Colombia"
section: "Dirección de Talento Humano"
updated: "2026-03-18T09:38:14-05:00"
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Publicado: 17 de marzo de 2026

# Circular informativa: disminución base de retención en la fuente 2026

Apreciadas(os) docentes y funcionarias(os) nos permitimos informar que para efectos de disminuir la base de retención en la fuente a partir del mes de abril de 2026 es necesario diligenciar el formulario en el siguiente enlace:

[**Formulario Solicitud de Deducciones Base Gravable de Retención en la Fuente**](https://forms.office.com/pages/responsepage.aspx?id=mk2UO1EQhUawnZqV7i29mRYEDZud89xBpXmZFAgid1FUMDhYNEdHVTBaRkdTMzFLU1UyMVM4Vk1BWC4u&origin=lprLink&route=shorturl)  y adjuntar los respectivos soportes o certificados escaneados, correspondientes al año gravable 2025, a más tardar el próximo 8 de abril 2026.

**1\. Deducción por salud:** hasta un valor máximo de 16 UVT mensuales, equivalentes a **$838.000** la cual se puede acumular con las deducciones por vivienda y dependientes. Se deben adjuntar las certificaciones correspondientes al **año 2025** por prestación de servicios con empresas de medicina prepagada o los pagos efectuados por concepto de seguros de salud.

**2\. Deducción por vivienda:** hasta un valor máximo de 100 UVT mensuales, equivalentes a **$5.237.400,** por concepto de intereses y corrección monetaria por créditos hipotecarios o leasing habitacional, la cual se puede acumular con las deducciones por salud y dependientes. Se debe adjuntar el certificado de pago de intereses y corrección monetaria, o el de leasing habitacional de la vivienda de habitación, correspondientes al año 2025. Si el inmueble figura a nombre de dos personas o más, se calculará la proporcionalidad para cada uno de ellos y, en caso de que alguna de las partes decida no hacer uso del beneficio tributario, deberá manifestarlo por escrito.

**3\. Deducción por dependientes:** hasta el **10% mensual** del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral, hasta un valor máximo de 32 UVT mensuales, equivalentes a **$1.676.000.** **Es necesario que se adjunte y se actualice el formato de declaración juramentada, con los respectivos soportes, teniendo en cuenta los siguientes casos:**

Se establecen como dependientes los siguientes:

*   Hijos menores de 18 años; o entre 18 y 23 años que se encuentren estudiando; presentando el certificado de estudios correspondiente.
*   Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada por factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
*   Para el caso de los hijos entre 18 y 23 años cuya educación es financiada por el padre o la madre, se debe acompañar: o la certificación de estudios en la
*   institución formal de educación superior avalada por el ICFES o por la autoridad oficial competente; o la certificación correspondiente a programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
*   Cónyuge o compañera(o) permanente con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a $13.617.240; o con dependencia por factores físicos o psicológicos.
*   Padres y hermanos con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a $13.617.240; o con dependencia por factores físicos o psicológicos.

La no percepción de ingresos propios o inferiores a 260 UVT anuales, equivalentes a $13.617.240, debe ser certificada por Contador Público. La dependencia por factores físicos o psicológicos debe ser certificada por Medicina Legal.

Se mantiene el beneficio tributario de hasta el 30% de los ingresos laborales por concepto de aportes del trabajador, fondos de pensiones voluntarias y obligatorias; seguros privados de pensiones o cuentas de ahorro AFC con un tope anual de 3.800 UVT, equivalentes a $199.021.200. Este beneficio se trata como una renta exenta y no hace parte de la base para calcular la retención en la fuente. No se debe anexar certificación.

De otra parte, se mantiene el 25% exento del valor total de los pagos laborales, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 790 UVT, equivalentes a $41.375.500.

De acuerdo con la Reforma Tributaria, Ley 1819 de 2016, se establecen dos límites a la suma de las deducciones por salud, vivienda y dependientes, y rentas exentas por aportes voluntarios a pensión y aportes a cuentas AFC, las cuales no podrán superar el 40% del valor resultante de restar del total de ingresos los aportes obligatorios, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 1.340 UVT, equivalentes a $70.181.200.

Importa destacar que las certificaciones por concepto de créditos de vivienda o leasing habitacional, así como las de salud, presentadas en la Dirección de Talento Humano en el año 2025, permanecen vigentes hasta el 15 de abril de 2026.

**Nota**: el valor de la UVT para 2026 es de $52.374. Se anexa el [Formato-declaración-juramentada-2026 (2)](https://www.uexternado.edu.co/wp-content/uploads/2026/03/Formato-declaracion-juramentada-2026-2.docx)  **(deducción por dependientes)**

Cualquier inquietud al respecto será atendida en el buzón de correo **nomina@uexternado.edu.co**